dº de extranjería
ARRAIGO
A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2012 los solicitantes de ARRAIGO SOCIAL deberán aportar certificado de alta en seguridad social de todos los empleadores/empresarios.
Asimismo, en expedientes de prestación laboral de EMPLEADO DE HOGAR el contrato debe estar suscrito por el empleador en cuyo domicilio se vayan a realizar las tareas y no a nombre de terceras personas (Ejem.: hijo/a que aporta la renta).
Asimismo, en expedientes de prestación laboral de EMPLEADO DE HOGAR el contrato debe estar suscrito por el empleador en cuyo domicilio se vayan a realizar las tareas y no a nombre de terceras personas (Ejem.: hijo/a que aporta la renta).
A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2012 LOS CERTIFICADOS CIVILES DE BOLIVIA (matrimonio, de nacimiento) deberá aportarse los certificados literales de Bolivia en el momento de la solicitud.

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