viernes, 6 de marzo de 2015

Cancelación de Antecedentes Penales


Solicitud de Cancelación de Antecedentes Penales
 

Cuando o quién tiene antecedentes penales ?

Requisitos.

Quién puede solicitarlo ?
Donde solicitarlos ?
 
 
Cuando o quién tiene antecedentes penales ?
Todo particular en este caso hablamos de las personas físicas, que condenados por sentencia firme han extinguido su responsabilidad penal, y por ello tienen el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del Juez o Tribunal sentenciador.
Para el reconocimiento de tal derecho y hacer efectiva la  cancelación de los antecedentes penales es necesario, además de la extinción de la responsabilidad penal, el cumplimiento de los requisitos indispensables exigidos por ley..
Requisitos.
1.- Haber cumplido con las responsabilidades civiles impuestas en  la sanción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal y salvo mejora económica del reo.

2.- Y haber dejado pasar el tiempo necesario, según el establecido para cada pena, sin delinquir de nuevo. El tiempo para poder solicitar tal cancelación atenderá a la pena que se contarán a partir del día siguiente a aquel en que esta quedará extinguida:
  • 6 meses para las penas leves
  • 2 años para las menos graves (que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes)
  • 3 años para las restantes penas menos graves
  • 5 años para las penas graves.
El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante el tiempo que se establece para cada pena.

b) las anotaciones de medidas de seguridad:

Las anotaciones de las medidas de seguridad serán canceladas una vez cumplida o prescrita la respectiva medida.
   
Quién puede solicitarlo
El responsable condenado en sentencia o un representante y que, reuniendo lo anterior, quiera instar la cancelación de sus antecedentes penales. Deberán cumplimentar una solicitud en la que, harán constar los siguientes datos:
  • Nombre y apellidos, filiación, localidad, provincia y fecha de nacimiento, DNI/ NIE, número de teléfono y domicilio que designan a efectos de notificación.

El modelo de la solicitud, puede obtenerse de la página web del Ministerio de Justicia, o por un escrito simple que contenga todos los datos anteriores, y la petición.

Es conveniente adjuntar a la solicitud un certificado original o copia compulsada del mismo, expedido por el Juzgado o Tribunal competente, donde consten las fechas de extinción o cumplimiento  la pena.


Si se actúa por medio de representante no exime al solicitante, en ningún caso, de la necesidad de acreditar su identidad conforme a lo citado anteriormente.

Plazo para resolver la solicitud de la cancelación de los antecedentes penales

Se estipula un plazo de tres meses para la tramitación y resolución de los expedientes de cancelación de antecedentes penales iniciados a instancia de parte. Transcurrido dicho plazo sin interrupciones, se podrá entender estimada la cancelación pretendida cuando no haya habido resolución expresa.

Resolución.

Una vez recaída la resolución del expediente iniciado a instancia de parte, si la identificación del solicitante se ha llevado a cabo convenientemente, le será notificada por correo a la dirección designada en la solicitud inicial.
 
Modos de solicitarlos
De forma presencial
- En el Registro General del Ministerio de Justicia (Oficina Central de Atención al Ciudadano).
- En cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
- En cualquiera de los registros a que se refiere el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero pueden instar la cancelación a través de las oficinas diplomáticas y consulares de España, previa presentación del titular en las mismas, quien solicita y autoriza la gestión en la forma convenida entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional y el Ministerio de Justicia.
 
-Por internet/ telemática
- Con certificado digital en la sede electrónica del ministerio de justicia.
-Por correo certificado
Dirigiendo tu escrito junto con la documentación necesaria a  la dirección del Registro Central de Penados (Cancelaciones), C/ San Bernardo nº 21, planta baja, 28015 - MADRID.
 
 
texto; http://www.mjusticia.gob.es, en este enlace encontrareis todo lo necesario para su tramitación. El Real Decreto 1879/1994, de 15 de septiembre,  y regulados por el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero.

 

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